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Formulario Virtual 1683 SUNAT: Guía de Pago Mensual para Rentas de Primera Categoría (Arrendamiento)

<a href="https://portaldeformularios.site/formulario-2046-sunat/">Formulario</a> Virtual 1683 <a href="https://portaldeformularios.site/formulario-2119-sunat/">SUNAT</a>: Guía para Arrendamiento

El Formulario Virtual 1683 es la herramienta obligatoria que deben utilizar las personas naturales para declarar y pagar el Impuesto a la Renta de Primera Categoría generado por el arrendamiento (alquiler) de bienes muebles o inmuebles.

Este formulario sirve como guía de pago y como declaración jurada mensual, simplificando el cumplimiento tributario para los arrendadores que no tienen RUC y que solo cumplen esta obligación de pago.


1. ¿Quién Debe Usar el FV 1683 y Cuál es la Tasa?

La obligación de usar el Formulario 1683 es mensual y recae sobre el arrendador, quien genera Renta de Primera Categoría:

1.1. Contribuyentes Obligados

  • Arrendamiento de Inmuebles: Alquiler de casas, departamentos, locales comerciales, oficinas, almacenes.
  • Subarrendamiento de Inmuebles: Si usted alquila una propiedad y, a su vez, la subarrienda a un tercero por un monto superior.
  • Arrendamiento de Muebles: Alquiler de vehículos, maquinaria o cualquier otro bien mueble.

1.2. Tasa del Impuesto

El Impuesto a la Renta de Primera Categoría se calcula aplicando una tasa efectiva del 5% sobre la Renta Bruta (el monto del alquiler).

💡 Cálculo Simplificado: Aunque la ley establece una deducción del 20% de la Renta Bruta, el FV 1683 lo simplifica para que la tasa efectiva a pagar sea directamente el 5% del monto total de alquiler mensual. Por ejemplo, si el alquiler es S/ 1,000, el pago es S/ 50.

2. Información Requerida para el Llenado

El Formulario 1683 es conciso y requiere información precisa sobre el arrendamiento y el bien alquilado. Es importante tener a mano el contrato de alquiler para verificar los datos:

  1. Tipo de Bien y Tipo de Renta: Indicar si es un inmueble, mueble o si es subarrendamiento.
  2. Datos del Arrendador (Usted): DNI, Nombres y Apellidos.
  3. Datos del Inquilino (Arrendatario): DNI o RUC (si es empresa) e identificación completa.
  4. Datos del Bien: Ubicación del inmueble o descripción del bien mueble.
  5. Monto del Alquiler: Especificar el monto pactado en el contrato (Renta Bruta).
  6. Impuesto a Pagar: El sistema calcula automáticamente el 5% del monto del alquiler.

2.1. Monto Mínimo de Alquiler (Renta Ficta)

Si el alquiler pactado es muy bajo o no se cobra, la SUNAT exige que la base de cálculo sea el monto mínimo de renta ficta del 6% del valor de autovalúo del inmueble. El FV 1683 le permite declarar esta situación si aplica.


3. Pasos para Presentar y Pagar el FV 1683

La presentación es exclusivamente digital y debe realizarse dentro del cronograma de vencimiento del mes siguiente al que se percibió el alquiler (según el último dígito del DNI):

  1. Acceso: Ingrese a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con su RUC/DNI y Clave SOL (o acceda directamente al módulo de «Pagos y Declaraciones»).
  2. Selección: Elija la opción «Pagos» y busque el Formulario Virtual N° 1683 – Arrendamiento.
  3. Llenado Inicial: Ingrese su DNI y el Período Tributario (mes y año del alquiler).
  4. Datos del Inquilino: Ingrese el DNI o RUC del arrendatario.
  5. Monto: Consigne el monto de alquiler cobrado en el periodo. El formulario calculará automáticamente el 5% a pagar.
  6. Pago: Elija el medio de pago (débito en cuenta, tarjeta de crédito/débito o genere un NPS) y complete la operación.
  7. Constancia: El sistema emitirá la Constancia de Declaración y Pago del Arrendamiento, que es el sustento legal del cumplimiento de la obligación.

4. Errores Frecuentes y Riesgos del FV 1683

La incorrecta declaración del alquiler es uno de los principales motivos de fiscalización a personas naturales:

4.1. No Declarar el Alquiler

Muchos arrendadores creen que si el pago es en efectivo, SUNAT no lo sabrá. Sin embargo, el Registro de Predios y la información proporcionada por los inquilinos (especialmente si son empresas que lo registran como gasto) permiten a SUNAT cruzar información y detectar omisiones. Esto genera una deuda con multa e intereses.

4.2. Declarar un Monto Menor al Alquiler Real

Declarar un monto inferior al pactado en el contrato es un fraude. Si SUNAT detecta que el contrato registra S/ 2,000 pero solo declaró S/ 1,000, regularizará la diferencia y aplicará sanciones por declarar información inexacta.

4.3. Olvidar el Pago de Renta Ficta

Si la propiedad está desocupada, o cedida a un tercero de forma gratuita, el arrendador sigue obligado a pagar la Renta Mínima o «Renta Ficta» del 6% del autovalúo. El error es asumir que, al no haber cobro, no hay obligación de declarar.


5. Medios de Presentación y Pago

La forma más segura y rápida de cumplir con esta obligación es virtual:

Medio de Presentación Medio de Pago
SUNAT Operaciones en Línea (SOL) Débito en cuenta bancaria afiliada a SUNAT.
Módulo «Pagos y Declaraciones» Tarjetas de crédito o débito (Visa, MasterCard, etc.).
Generación de NPS (Número de Pago SUNAT) para pagar en cualquier entidad bancaria.
Bancos: Pago directo en ventanilla o agentes indicando el código de tributo 3011.

➡️ ACCEDER AL FORMULARIO VIRTUAL N° 1683 (VÍA SUNAT SOL)

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